Este programa tiene como finalidad promover la modernización, innovación, asesoramiento y apoyo financiero en el sector comercial de Euskadi, beneficiando especialmente a las pequeñas y medianas empresas y autónomos que busquen mejorar su competitividad y adaptarse a las nuevas tendencias del mercado.
Fase | ¿Para quién? | Qué ofrece | Porcentaje y tope |
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Abiatu – Puesta en marcha | Negocios en fase de idea o recién constituidos |
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Sendotu – Consolidación | Negocios con 2 a 5 años de antigüedad | Mismos porcentajes y topes que Abiatu, enfocado en mejoras del negocio como reformas, digitalización y marketing. |
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Hazi – Crecimiento | Negocios consolidados con más de 3 años que desean expandirse | Mismos porcentajes y topes que Sendotu, centrados en inversiones para expansión (nuevo local, diversificación, etc.) |
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1. Objetivos Generales
- Facilitar la modernización de los establecimientos comerciales mediante asesoramiento especializado.
- Incentivar las inversiones destinadas a la mejora de instalaciones, equipamiento, y servicios.
- Promover la innovación y la adaptación a nuevas tecnologías digitales y sostenibles.
- Garantizar que las empresas puedan justificar correctamente las ayudas recibidas, cumpliendo con requisitos administrativos y fiscales.
2. Líneas Subvencionables
El programa se estructura en distintas líneas de ayuda, destinadas a diferentes fases del proceso de modernización y crecimiento de las empresas comerciales:
a) Línea de Programas de Asesoramiento «Merkataritza-Ekintzaile Aholkularitza»
- Destinatarios: empresas, autónomos, o grupos de empresas del sector comercio que deseen recibir asesoramiento especializado para mejorar su gestión.
- Natureza del asesoramiento: las consultoras certificadas ofrecen servicios en áreas como gestión empresarial, innovación, digitalización, sostenibilidad, y otras relacionadas con la competitividad.
- Documentación requerida para justificar:
- Declaraciones responsables de la consultora, certificando participación en al menos 30 proyectos similares, sin vínculo con el sector público ni la entidad beneficiaria.
- Planes de asesoramiento detallados, incluyendo el presupuesto, las horas de asesoramiento y su coste.
- Certificados de participación emitidos por la consultora, indicando número de horas y costes.
- Facturas que deben reflejar de manera clara las horas y costes de cada servicio.
- Procedimiento y requisitos:
- La solicitud debe presentarse a través de la sede electrónica oficial.
- La entidad beneficiaria debe cumplimentar los formularios y acompañar toda la documentación prevista, incluyendo memoria explicativa del proyecto empresarial, objetivos y resultados esperados (especialmente si la línea es Abiatu o Hazi).
- La consultora debe aportar documentación que justifique su experiencia y solvencia.
b) Línea de Apoyo a Inversiones y Gastos en «Merkataritza-Ekintzaile Dirulaguntzak»
- Destinatarios: empresas que hayan recibido asesoramiento o quieran realizar inversiones en sus instalaciones o equipamiento.
- Documentación justificativa:
- Fotografías o documentación que evidencien claramente las inversiones o gastos realizados, antes y después de la ejecución.
- Facturas y justificantes de gasto, que deben estar correctamente emitidas y detalladas, incluyendo referencia explícita a las horas de asesoramiento si corresponden.
- En caso de que la documentación presente defectos subsanables, se notificará al beneficiario quien dispondrá de un plazo de 10 días para corregirlos.
3. Requisitos y Procedimiento de Concesión
El proceso de concesión se realizará en varias fases:
- Solicitud: las empresas y consultoras deben presentar telemáticamente toda la documentación en los plazos establecidos.
- Evaluación: los órganos gestores comprobarán el cumplimiento de los requisitos, la documentación presentada y la viabilidad de las solicitudes.
- Resolución de concesión: La resolución será motivada y contendrá las condiciones para beneficiarse de la ayuda.
Indicaciones importantes:
- El beneficiario debe estar inscrito en el Registro de Terceros del Departamento de Hacienda y Finanzas, actualizando sus datos bancarios si fuera necesario.
- Deberá declarar todas las ayudas de minimis recibidas en los últimos tres años.
4. Pago de las Ayudas
- Modalidad de pago:
- La ayuda se abonará en dos pagos principales:
- El 70% del importe tras la resolución de concesión, tras verificar que no existe renuncia expresa a la ayuda y que se cumplen los requisitos.
- El 30% restante tras la justificación de los gastos efectuados y la aprobación del informe de liquidación.
- Condiciones para el pago:
- La beneficiaria debe estar al corriente en obligaciones tributarias, de Seguridad Social y en el cumplimiento de obligaciones con anteriores subvenciones.
- Se requiere la inscripción en el Registro de Terceros y la modificación de datos bancarios si fuera preciso.
5. Justificación y Control
Para justificar las ayudas, el beneficiario deberá presentar:
- La documentación general, incluyendo facturas emitidas a su nombre, con descripción clara de los gastos o inversiones.
- Fotografías o documentación acreditativa de las inversiones o gastos, antes y después de la realización.
- Certificados emitidos por consultoras, en caso de asesoramiento, que acrediten participación en el proyecto.
- Memoria explicativa de los antecedentes, objetivos, necesidades de mejora y resultados esperados.
- La documentación adicional que la Administración requiera para verificar el uso correcto de los fondos.
El control y la fiscalización podrán realizarse durante un período mínimo de cinco años desde el pago del saldo, incluyendo comprobaciones documentales y en el lugar de realización de las inversiones.
6. Obligaciones de los Beneficiarios
- Conservar toda la documentación justificativa durante 5 años.
- Comunicar cualquier modificación en las circunstancias que influyeron en la concesión, en particular cambios en la actividad, cantidades, o ayudas de minimis recibidas.
- Reintegrar fondos indebidamente percibidos tras los controles o en caso de incumplimiento.
- Cumplir con normativa en igualdad de género, violencia machista y sostenibilidad.
- Colocar en lugares visibles material informativo, carteles y anuncios en dos idiomas oficiales, sobre la ayuda pública recibida, en cumplimiento con la Ley de Transparencia.
7. Otros aspectos importantes
- La modificación de las resoluciones de ayuda podrá realizarse siempre que las circunstancias estén justificadas y las causas no dependan de la voluntad del beneficiario.
- La resolución del procedimiento de reintegro se iniciará mediante acuerdo del Viceconsejero de Turismo y Comercio, y podrá suspender automáticamente las cantidades pendientes de pago.
- Los gastos deberán justificarse en los plazos definidos, y en caso de defectos subsanables, se concederá un plazo de 10 días para corregirlos.
- Se establecerán informes y certificaciones por parte de las consultoras y beneficiarios para garantizar la correcta ejecución y justificación del programa.
Solicitudes hasta el 30 de septiembre.
Normativa de la convocatoria: Ordén
FAQs: Clic aquí
Para más información, contactar con MUGAN, info@mugan-irun.com