Objeto
Impulsar la modernización y mejorar la eficiencia en el consumo energético en los establecimientos comerciales y de determinados servicios relacionados con la actividad comercial de la CAPV para alcanzar un mayor nivel de calidad y competitividad.
Líneas subvencionables
Serán subvencionables las siguientes líneas:
Línea 1.– Renovación de la infraestructura y equipamiento del establecimiento objeto de la ayuda:
- Reformas, obras e instalaciones de adecuación, renovación o ampliación del interior y/o exterior del establecimiento.
- Obras e instalaciones dirigidas a implantar medidas de ahorro o eficiencia energética (puertas automáticas, instalaciones eléctricas, sensores de ocupación, aislamientos,…).
- Reformas realizadas para la eliminación de barreras arquitectónicas que faciliten la accesibilidad de las personas con movilidad reducida.
- Adquisición e instalación de rótulos en el exterior del establecimiento, identificativos del nombre comercial, la marca, el logotipo y la adquisición e instalación de toldos.
- Adquisición, instalación, montaje de mobiliario y maquinaria vinculada con la actividad principal del establecimiento.
- Adquisición de equipamiento y mobiliario.
- Alarmas y sistemas de seguridad. La cuantía de la inversión máxima subvencionable no podrá exceder de 6.000 euros, IVA excluido.
- Equipos de climatización del local, siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética.
- Las inversiones realizadas para la mejora y modernización de los espacios y elementos comunes, relacionados directamente con la actividad comercial, integradas en un centro comercial, tales como pasillos, instalaciones técnicas, cubiertas, fachada exterior, servicios o accesos al centro…
- Gastos derivados de la redacción del proyecto, dirección de obra o aquellos proyectos elaborados por arquitectos, ingenieros o instaladores autorizados siempre que sean necesarios para la realización de las obras e instalaciones en el establecimiento.
Línea 2.– Incorporación de nuevas tecnologías e innovación en el establecimiento objeto de la ayuda:
- Equipos informáticos, aplicaciones informáticas y software de gestión, destinados a la mejora de gestión del establecimiento objeto de la ayuda, siempre y cuando estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial. Únicamente se considerará subvencionable un equipo informático, así como una unidad de cada tipo periférico por establecimiento en el que se materialice la inversión.
- Creación, desarrollo e implantación para la puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización vía desarrollo de página web y venta online (ecommerce, scommerce, mcommerce y similares) o de gestión del establecimiento (clientes, proveedores, etc.).
- Terminales de punto de venta y sistemas de codificación y lectura óptica de productos.
- Balanzas electrónicas comerciales.
- Cajas registradoras.
- Implantación del software de facturación para el sistema TicketBAI (TBAI).
Importe mínimo de inversión admitida (Sin IVA) por establecimiento comercial para ser subvencionable:
- 3.000 euros para las inversiones recogidas en la línea 1: renovación de infraestructuras y equipamientos.
- 1.000 euros para las inversiones recogidas en la línea 2: incorporación de nuevas tecnologías e innovación.
Cuantía individual de las ayudas
- Las ayudas contempladas en la presente Orden se materializarán a través de subvenciones a fondo perdido.
- Las inversiones serán subvencionadas con un porcentaje del 40% sobre la inversión admisible. Siendo el importe máximo de subvención 10.000 € por establecimiento.
- El porcentaje anterior se verá incrementado si el establecimiento acredita alguno de los siguientes criterios hasta un 52%:
- Vínculo con Asociación Zonal o Gremial de comercio: 1 punto
- Antigüedad del establecimiento >10 años: 1 punto
- Participación en: Merkabide, Escuela Vasca del Retail o Eus-commerce en el año 2024: 1 punto
- Atención al público en euskera acreditado con certificado Bai Euskarari, Bikain, euskararen Kalitate Ziurtagiria o participación en Euskaraz Barra Barra durante el año 2024: 1 punto
- Criterio de estabilidad de empleo de la mujer, cuando se acredite que al menos la mitad de la plantilla del establecimiento objeto de la ayuda perteneciente a la empresa solicitante tienen contrato indefinido y son mujeres: 1 punto
- …
Solicitud y documentación
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 8 de mayo de 2025 y finalizará el 30 de septiembre de 2025 o en su caso, hasta el agotamiento del crédito dispuesto.
El acceso a la solicitud y su cumplimentación se realizará exclusivamente a través la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi: Tramitación electrónica
Normativa de la convocatoria: Órden
Para más información, contactar con MUGAN, info@mugan-irun.com