El Gobierno Vasco ha convocado las ayudas MerkaEkin 2026, dirigidas a personas emprendedoras, autónomas, microempresas y pequeñas empresas que quieran poner en marcha, diversificar, ampliar o transmitir un negocio vinculado al comercio minorista o a determinados servicios relacionados con la actividad comercial urbana en Euskadi.
La ayuda se estructura en dos programas:
1. Merkataritza-Ekintzaile Aholkularitza
Financia el asesoramiento especializado para elaborar un Plan de Negocio. Está pensada para personas o empresas que tienen una nueva idea comercial y necesitan apoyo técnico para analizar su viabilidad.
La subvención cubre el 80 % del gasto admitido, con un máximo de 5.000 €. El servicio de consultoría debe tener al menos 25 horas, superar los 500 € y no podrá subvencionarse por encima de 100 €/hora.
2. Merkataritza-Ekintzaile Ekin+
Financia inversiones y gastos necesarios para poner en marcha el proyecto previsto en un Plan de Negocio con viabilidad positiva, fechado después del 1 de enero de 2024.
En inversiones, la ayuda cubre el 80 %, con un máximo de 25.000 €. Se subvencionan, entre otros conceptos, reformas y acondicionamiento del local, instalaciones técnicas, accesibilidad, eficiencia energética, mobiliario, maquinaria, tecnología, comercio electrónico, TPV, vehículos de reparto y derechos de traspaso.
En gastos, la ayuda cubre el 80 %, con un máximo de 7.500 €. Se incluyen gastos de constitución, licencias y permisos de apertura, asesoría profesional, alquiler del local comercial en determinados supuestos, proyectos técnicos, branding, publicidad, formación especializada, estudios estratégicos, renting o leasing de determinados activos y arrendamiento de vehículos de reparto.
Podrán solicitar la ayuda las personas físicas mayores de edad empadronadas en Euskadi, personas autónomas, equipos promotores, sociedades civiles, comunidades de bienes, cooperativas, sociedades laborales y sociedades mercantiles que sean microempresas o pequeñas empresas. La actividad deberá desarrollarse, o estar prevista, en un establecimiento físico a pie de calle en un espacio urbano de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Las actividades subvencionables incluyen comercio minorista de alimentación, bebidas y tabaco en establecimientos permanentes; comercio minorista de productos industriales no alimenticios; comercio mixto o integrado; reparación de artículos eléctricos, vehículos y otros bienes de consumo; y determinados servicios personales.
El plazo de ejecución de las actuaciones va del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente a la publicación en el BOPV, es decir, desde el 10 de junio de 2026, hasta el 15 de septiembre de 2026, o hasta que se agote el crédito disponible.
La concesión se realizará por orden de expediente completo, sin comparación entre solicitudes. Por ello, es importante presentar la solicitud cuanto antes y con toda la documentación exigida. El trámite se realiza a través de la sede electrónica del Gobierno Vasco, aunque las personas físicas también pueden optar por la vía presencial.
Trámite: Solicitud
Normativa de la convocatoria: Orden